Todo lo que debes saber de la declaración anual 2021 para personas físicas

  Publicado el 7/Abr/2021

Las personas físicas tienen una buena noticia porque tienen hasta el 30 de Abril de 2021 como límite para presentar la declaración anual.

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¿Qué necesito para presentar la declaración anual 2021?

Necesitas tener activo el buzón tributario y tu e-firma o contraseña vigente.

¿Quiénes presentan declaración?

Asalariados
  • De un sólo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de Diciembre.
  • Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios.
  • Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.
  • Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
  • Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
  • Si la totalidad de los ingresos anuales por éste concepto excede de $400,000.00 pesos.
Servicios profesionales

Aquellos que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.

Actividades empresariales

Actividades empresariales realizadas únicamente a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares, que no hayan optado por realizar pagos definitivos.

Incluidos quienes tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad.

Si quieres iniciar un nuevo negocio pero tienes dudas sobre si debes ser persona física o moral, tenemos éste artículo en el que te explicamos más a detalle qué régimen fiscal te conviene si eres emprendedor.

Otros
  • Quienes cobran renta por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).
  • Quienes reciben intereses o dividendos.
  • Quienes enajenaron bienes, si vendieron algún bien.
  • Adquisición de bienes, si compraron algún bien.

¿Quiénes no están olbigados?

Las personas que obtuvieron ingresos por salarios de una o un sólo patrón siempre y cuando no excedan los $400,000.00 pesos en el ejercicio.

Las que obtuvieron ingresos totales por salarios de una o un sólo patrón e intereses reales, no mayores a $400,000.00 pesos; siempre que los intereses reales no hayan excedido de $100,000.00 pesos en el ejercicio.

Las que obtuvieron ingresos por salarios de una o un sólo patrón, siempre que no exista impuesto a cardo de la o el contribuyente en la declaración anual, la o el patrón les haya emitido el comprobante de nómina por la totalidad de los ingresos del ejercicio y en su caso, los ingresos del contribuyente por intereses nominales que provengan de instituciones que componen el sistema financiero, no hayan excedido de $20,000.00 pesos en el ejercicio.

Pero si lo desean, estas personas pueden presentar la declaración anual del ejercicio 2020 durante 2021.

En la página oficial del SAT ya está disponible el enlace para presentar la declaración anual correspondiente al ejercicio 2020.

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